ALGO DE HISTORIA
Para comprender el amplio poder que ha tenido el ejecutivo en Colombia, es importante revisar la historia de esta facultad constitucional. La Constitución Política de 1886 fue la primera en consagrarla, y posteriormente se reglamentó en 1910 a través del Acto Legislativo No. 3, artículo 33. En este acto se otorgaron al presidente facultades para:
- Crear leyes
- Tomar medidas autorizadas por la Constitución en situaciones de guerra o perturbación del orden público
- Aceptar normas del derecho de gentes que rigen en la guerra entre naciones
Para declarar el Estado de Sitio se consideraban dos situaciones de turbación del orden público:
1. La guerra con otro país
2. Los levantamientos o rebeliones internas
Casi un siglo después, en 1979, se modificó la norma a través del Acto Legislativo, artículo 34, y se renombraron las dos situaciones como:
1. Guerra con otro país
2. Conmoción interior (desorden interno)
La medida del Estado de Sitio generó tanta discusión en la vida política de Colombia que fue popularmente conocida como la medida del "121", en referencia al artículo de la Constitución que la establecía.
